Renovación Consejo Escolar

De acuerdo a lo que establece la legislación vigente (Orden Ministerial de 9 de octubre de 1996), se convocan elecciones para renovar la 1ª mitad del Consejo Escolar del centro.

Os informamos de una serie de aspectos a tener en cuenta en el proceso de la renovación parcial del Consejo Escolar:

 

1. Qué es el Consejo Escolar (CE)

  • El CE es el órgano propio de participación en el Centro de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa.
  • Está formado por representantes de:
    • Entidad Titular
    • Profesorado
    • Madres y padres
    • Alumnado
    • Personal de Administración y de Servicios 

 

2. Qué significa “renovación parcial”

El CE se renueva por mitades cada dos años. Transcurrido el plazo de 2 años desde las últimas elecciones, este curso corresponde la renovación parcial del Consejo Escolar primera mitad:

  • 1 Representantes del Titular
  • 2 Profesores/as
  • 2 Madres/Padres
  • 1 Alumnos/as

 

3. Representantes de madres y padres de alumnas/os

  • Electores: Madre, padre o tutor legal de los alumnos/as matriculados en Educación INFANTIL, PRIMARIA y SECUNDARIA. Las candidaturas serán presentadas por escrito ante la Junta Electoral.
  • Elegibles: Todos los electores son elegibles si se presentan expresamente como candidatos.
  • La Junta Electoral es la máxima autoridad electoral.
  • La elección se hará ante la Mesa Electoral constituida por la Directora General y cuatro vocales (padres/madres designados por sorteo). 
  • El voto será personal, libre, directo y secreto. Para ejercer su derecho a voto los electores habrán de identificarse mediante la presentación del DNI, NIE, carnet de conducir o pasaporte, y deberán estar inscritos en el censo electoral de madre/padres de alumnos/as, que está expuesto en la portería del colegio.
  • Si un padre o madre no aparece en el censo, deberá efectuar la oportuna reclamación al presidente de la Junta Electoral.