Renovación Consejo Escolar
De acuerdo a lo que establece la legislación vigente (Orden Ministerial de 9 de octubre de 1996), se convocan elecciones para renovar la 1ª mitad del Consejo Escolar del centro.
Os informamos de una serie de aspectos a tener en cuenta en el proceso de la renovación parcial del Consejo Escolar:
1. Qué es el Consejo Escolar (CE)
- El CE es el órgano propio de participación en el Centro de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa.
- Está formado por representantes de:
- Entidad Titular
- Profesorado
- Madres y padres
- Alumnado
- Personal de Administración y de Servicios
2. Qué significa “renovación parcial”
El CE se renueva por mitades cada dos años. Transcurrido el plazo de 2 años desde las últimas elecciones, este curso corresponde la renovación parcial del Consejo Escolar primera mitad:
- 1 Representantes del Titular
- 2 Profesores/as
- 2 Madres/Padres
- 1 Alumnos/as
3. Representantes de madres y padres de alumnas/os
- Electores: Madre, padre o tutor legal de los alumnos/as matriculados en Educación INFANTIL, PRIMARIA y SECUNDARIA. Las candidaturas serán presentadas por escrito ante la Junta Electoral.
- Elegibles: Todos los electores son elegibles si se presentan expresamente como candidatos.
- La Junta Electoral es la máxima autoridad electoral.
- La elección se hará ante la Mesa Electoral constituida por la Directora General y cuatro vocales (padres/madres designados por sorteo).
- El voto será personal, libre, directo y secreto. Para ejercer su derecho a voto los electores habrán de identificarse mediante la presentación del DNI, NIE, carnet de conducir o pasaporte, y deberán estar inscritos en el censo electoral de madre/padres de alumnos/as, que está expuesto en la portería del colegio.
- Si un padre o madre no aparece en el censo, deberá efectuar la oportuna reclamación al presidente de la Junta Electoral.