Becas Comedor Ayto. de Getafe

El Ayuntamiento de Getafe, a través de la Delegación de Bienestar Social, prevé la concesión de ayudas económicas para costear el comedor escolar en el curso 2022-2023, de menores entre 3 y 16 años, a familias que cumplan los requisitos que establece el Reglamento de Prestaciones sociales de carácter económico

Estos requisitos son:

  • Estar empadronado y residir en Getafe.
 
  • Asistir los menores a colegios e institutos públicos o concertados de Getafe.
 
  • Haber solicitado beca de comedor escolar en la convocatoria establecida por la Comunidad de Madrid, salvo que la situación de necesidad haya surgido con posterioridad a ésta. (en caso de no tenerlo aún se presentará con posterioridad a la convocatoria municipal a través del Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Getafe.)

  • Encontrarse la familia en proceso de intervención social en la Delegación de Bienestar Social.
 
  • Constituir la prestación un recurso técnicamente idóneo para el proceso de intervención social.
 
  • Aceptar las condiciones establecidas en el proceso de intervención social respecto a la colaboración del posible beneficiario en la resolución de sus necesidades, si proceden.
 
  • No superar el límite de ingresos que establece el citado Reglamento.
 

Las solicitudes tienen que ser valoradas por los trabajadores sociales de la Delegación de Bienestar Social. Si la familia nunca hubiera acudido a servicios sociales, la presentación de esta solicitud supondrá en todo caso el inicio de un proceso de intervención, para lo cual la familia será citada con el/la trabajador/a social correspondiente con el fin de valorar la idoneidad del recurso solicitado.

En caso de concesión de la ayuda, el Ayuntamiento se lo notificará tanto a la familia como al Centro Escolar y abonará el importe de la misma directamente a dicho Centro.

Estas ayudas se pueden solicitar a lo largo del curso escolar, cuando se produzca una situación que así lo requiera, no obstante, para beneficiarse de la ayuda desde el principio del curso 2022/2023, la solicitud y documentación deberán presentarse desde el día 28 de Marzo al 13 de Abril, ambos inclusive, en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento. Todas aquellas solicitudes que tenga fecha de entrada posterior al 13 de abril, se valorarán igualmente aunque la resolución de las mismas podrá ser posterior al inicio del curso escolar.

La solicitud y la documentación presentada en Registro, será remitida internamente a la Delegación de Bienestar Social, quien valorará la idoneidad de la ayuda solicitada, revisando la documentación y/o con las entrevistas o visitas domiciliarias que considere necesarias en cada caso.

En caso de concesión de la ayuda, el Ayuntamiento se lo notificará tanto a la familia como al Centro Escolar y abonará el importe de la misma directamente a dicho Centro.

En caso de denegación de la ayuda, el Ayuntamiento se lo notificará a la familia solicitante.